El Gobierno oficializó un subsidio de S/105 millones para el transporte terrestre ante el incremento en el costo del combustible
A través del Decreto de Urgencia N° 007-2026, el Gobierno dispuso la transferencia excepcional de S/105 millones desde la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas para garantizar la continuidad de los servicios públicos de transporte terrestre y mitigar el impacto del incremento del costo de los combustibles sobre los pasajes, fletes y costos logísticos.
La norma, publicada en el boletín Normas Legales del diario oficial El Peruano, establece dos mecanismos de auxilio económico directo destinados a transportistas de pasajeros —en los ámbitos nacional, regional y provincial— y de mercancías.
Esta intervención constituye una barrera crítica contra la "inflación por costos". Al subsidiar el insumo principal de la cadena de valor del transporte, el Estado busca evitar el traslado inmediato del encarecimiento del crudo a los fletes y pasajes a los hogares de los peruanos.
De acuerdo con el decreto de urgencia, los conflictos geopolíticos han disparado los precios internacionales de los combustibles a niveles que "comprometen la sostenibilidad financiera de las empresas de transporte". "Y, ante la imposibilidad de cubrir los costos de combustible, existe un riesgo inminente de paralización o reducción drástica de la flota operativa, lo que vulneraría el derecho constitucional de los ciudadanos al libre tránsito y al acceso a un servicio público esencial e ininterrumpido", dice el documento.
Asimismo, el Ejecutivo advierte que esa situación impactaría directamente en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), ya que un incremento en los costos de transporte eleva el precio final de los alimentos en la canasta básica, vulnerando la economía doméstica. Ante este escenario, el decreto justifica la urgencia de la medida para mitigar esos riesgos.
En las regiones de Ucayali, Loreto, Arequipa y Tacna se han registrado protestas sociales contra el incremento del diésel y la gasolina.
Frente a esta coyuntura, el Gobierno ha diseñado una respuesta técnica diferenciada: el mecanismo META-Nacional y el esquema META-Lima y Callao.
Está dirigido a los transportistas del servicio público de transporte terrestre regular de personas de ámbito nacional, regional y provincial, así como a los transportistas del servicio de transporte público terrestre de mercancías. El Gobierno ha asignado S/60 millones para este sector.
El subsidio será equivalente a S/4 por cada galón de diésel B5 o diésel B20 de uso vehicular adquirido, y se otorgará durante tres periodos sucesivos: del 16 de agosto al 15 de septiembre, del 16 de septiembre al 15 de octubre y del 16 de octubre al 15 de noviembre de 2026.
El beneficio se calculará sobre el volumen de combustible efectivamente adquirido y deberá estar sustentado mediante comprobantes de pago electrónicos emitidos por proveedores con inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos de Osinergmin.
Para acceder al subsidio, los transportistas deberán contar con autorización vigente para prestar el servicio y vehículos habilitados, además de tener RUC activo y condición de habido, entre otros requisitos establecidos en la norma. La información será validada mediante la articulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, gobiernos regionales, municipalidades provinciales, Sunat y Osinergmin.
Asimismo, el apoyo económico será entregado a través del Banco de la Nación u otras empresas del sistema financiero, mediante cuentas existentes, nuevas cuentas o tarjetas a nombre de los beneficiarios.
La inclusión del transporte de mercancías es fundamental en este esquema, pues asegura que la cadena de suministros no se vea interrumpida por el alza de los fletes.
Para los operadores del servicio público de transporte regular autorizados por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), el decreto de urgencia establece un mecanismo diferenciado, denominado META-Lima y Callao, que toma como base el kilometraje efectivamente recorrido y validado mediante el Sistema Integrado de Control y Monitoreo (SICM). Para este grupo, el Gobierno ha asignado S/45 millones.
El subsidio será de S/ 0,50 por kilómetro para ómnibus, S/ 0,40 para minibuses y S/ 0,30 para microbuses, durante tres meses. De esta manera, el apoyo está directamente vinculado a la prestación efectiva del servicio y permite una mayor trazabilidad del uso de los recursos públicos.
El mecanismo no permite duplicar beneficios respecto del mismo vehículo, periodo, adquisición de combustible, kilometraje u otro concepto utilizado como base de cálculo. Asimismo, los operadores comprendidos en el ámbito de competencia de la ATU no acceden al META-Nacional y, de corresponder, lo hacen exclusivamente a través del META-Lima y Callao.
El Ejecutivo indicó que los recursos tienen destino específico y no podrán ser utilizados para fines distintos a los establecidos en el decreto de urgencia.
El decreto de urgencia, que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, lo suscriben la presidenta de la República, Keiko Fujimori; el titular del Consejo de Ministros, Luis Galarreta; el ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba; y el ministro de Transportes y Comunicaciones, Rafael Rey.
La norma, publicada en el boletín Normas Legales del diario oficial El Peruano, establece dos mecanismos de auxilio económico directo destinados a transportistas de pasajeros —en los ámbitos nacional, regional y provincial— y de mercancías.
Esta intervención constituye una barrera crítica contra la "inflación por costos". Al subsidiar el insumo principal de la cadena de valor del transporte, el Estado busca evitar el traslado inmediato del encarecimiento del crudo a los fletes y pasajes a los hogares de los peruanos.
De acuerdo con el decreto de urgencia, los conflictos geopolíticos han disparado los precios internacionales de los combustibles a niveles que "comprometen la sostenibilidad financiera de las empresas de transporte". "Y, ante la imposibilidad de cubrir los costos de combustible, existe un riesgo inminente de paralización o reducción drástica de la flota operativa, lo que vulneraría el derecho constitucional de los ciudadanos al libre tránsito y al acceso a un servicio público esencial e ininterrumpido", dice el documento.
Asimismo, el Ejecutivo advierte que esa situación impactaría directamente en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), ya que un incremento en los costos de transporte eleva el precio final de los alimentos en la canasta básica, vulnerando la economía doméstica. Ante este escenario, el decreto justifica la urgencia de la medida para mitigar esos riesgos.
En las regiones de Ucayali, Loreto, Arequipa y Tacna se han registrado protestas sociales contra el incremento del diésel y la gasolina.
Frente a esta coyuntura, el Gobierno ha diseñado una respuesta técnica diferenciada: el mecanismo META-Nacional y el esquema META-Lima y Callao.
Está dirigido a los transportistas del servicio público de transporte terrestre regular de personas de ámbito nacional, regional y provincial, así como a los transportistas del servicio de transporte público terrestre de mercancías. El Gobierno ha asignado S/60 millones para este sector.
El subsidio será equivalente a S/4 por cada galón de diésel B5 o diésel B20 de uso vehicular adquirido, y se otorgará durante tres periodos sucesivos: del 16 de agosto al 15 de septiembre, del 16 de septiembre al 15 de octubre y del 16 de octubre al 15 de noviembre de 2026.
El beneficio se calculará sobre el volumen de combustible efectivamente adquirido y deberá estar sustentado mediante comprobantes de pago electrónicos emitidos por proveedores con inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos de Osinergmin.
Para acceder al subsidio, los transportistas deberán contar con autorización vigente para prestar el servicio y vehículos habilitados, además de tener RUC activo y condición de habido, entre otros requisitos establecidos en la norma. La información será validada mediante la articulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, gobiernos regionales, municipalidades provinciales, Sunat y Osinergmin.
Asimismo, el apoyo económico será entregado a través del Banco de la Nación u otras empresas del sistema financiero, mediante cuentas existentes, nuevas cuentas o tarjetas a nombre de los beneficiarios.
La inclusión del transporte de mercancías es fundamental en este esquema, pues asegura que la cadena de suministros no se vea interrumpida por el alza de los fletes.
Para los operadores del servicio público de transporte regular autorizados por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), el decreto de urgencia establece un mecanismo diferenciado, denominado META-Lima y Callao, que toma como base el kilometraje efectivamente recorrido y validado mediante el Sistema Integrado de Control y Monitoreo (SICM). Para este grupo, el Gobierno ha asignado S/45 millones.
El subsidio será de S/ 0,50 por kilómetro para ómnibus, S/ 0,40 para minibuses y S/ 0,30 para microbuses, durante tres meses. De esta manera, el apoyo está directamente vinculado a la prestación efectiva del servicio y permite una mayor trazabilidad del uso de los recursos públicos.
El mecanismo no permite duplicar beneficios respecto del mismo vehículo, periodo, adquisición de combustible, kilometraje u otro concepto utilizado como base de cálculo. Asimismo, los operadores comprendidos en el ámbito de competencia de la ATU no acceden al META-Nacional y, de corresponder, lo hacen exclusivamente a través del META-Lima y Callao.
El Ejecutivo indicó que los recursos tienen destino específico y no podrán ser utilizados para fines distintos a los establecidos en el decreto de urgencia.
El decreto de urgencia, que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, lo suscriben la presidenta de la República, Keiko Fujimori; el titular del Consejo de Ministros, Luis Galarreta; el ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba; y el ministro de Transportes y Comunicaciones, Rafael Rey.
