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Corte Suprema confirma ampliación de prisión preventiva por 18 meses para Andrés Hurtado en caso 'Barras de Oro'

Corte Suprema confirma ampliación de prisión preventiva por 18 meses para Andrés Hurtado en caso 'Barras de Oro'

Actualizado el 18/07/2026 a las 20:28
El expresentador de televisión, Andrés Hurtado ‘Chibolín’, seguirá recluido en el penal de Lurigancho luego de que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema confirmara la resolución que amplió por 18 meses el plazo del mandato de prisión preventiva que se le impuso como parte del proceso penal que se le sigue por el caso denominado ‘Barras de Oro’ en perjuicio del Estado peruano.

El tribunal supremo declaró “infundado” el recurso de apelación que presentó Hurtado Grados para revocar la resolución que emitió el juez supremo provisional, Juan Carlos Checkley, el último 12 de marzo,  en la que ordenó que se prolongue o amplíe por 18 meses el plazo del mandato de prisión preventiva que pesa en su contra tras acoger un pedido que hizo la  Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos dentro de este proceso penal.

La sala suprema determinó en una resolución, a la que tuvo acceso RPP, que en este caso, la prolongación de prisión preventiva constituye la medida de coerción personal que resulta idónea, necesaria y proporcional para asegurar los fines del proceso, garantizar la presencia del procesado y evitar riesgos que puedan comprometer el normal desarrollo de la actividad procesal.

Andrés Hurtado es procesado por su presunta intervención en el pago de una supuesta coima entregada por Javier Miu Lei a fin de que, presuntamente, la entonces fiscal superior titular, Elizabeth Peralta, intervenga para que dicho empresario pueda recuperar barras de oro que el Ministerio Público le incautó a su empresa en el año 2020, y otros dos hechos.

Al respecto, el fiscal adjunto supremo, Edward Casaverde, solicitó 30 años de prisión para Hurtado Grados al acusarlo por los presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho activo específico y cohecho pasivo específico en agravio del Estado a raíz de este caso.

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